¿Cárcel o multa? Semovi e Invea olvidan aclarar sanciones a Ubers que cobren en efectivo

0

¿Cárcel o multa? Semovi e Invea olvidan aclarar sanciones a Ubers que cobren en efectivo
Por Redacción QP

¿Cárcel o multa? Semovi e Invea olvidan aclarar sanciones a Ubers que cobren en efectivo

Por Redacción QP

La Secretaría de Movilidad (Semovi) prohibió a la empresa Uber cobrar en efectivo a sus usuarios, y solicitó al Instituto de Verificación Administrativa (Invea) proceder con la sanción conducente.

Sin embargo, ambas dependencias olvidaron aclarar la sanción correspondiente a los choferes que incurran en la infracción establecida en el acuerdo previsto en el numeral séptimo de lo publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX del 15 de julio de 2015, en el que se indica:

“No se permitirá a los vehículos amparados por los permisos de las empresas lo siguiente:

  • a) No se permite recibir pagos en efectivo.
  • b) No se permite el subarrendamiento de vehículos concesionados.
  • c) No está permitido recibir pago mediante tarjetas prepagadas no bancarias, ni sistemas de pago en tiendas de conveniencia mediante monedero electrónico.
  • d) No se permite hacer base o sitio a los vehículos ni uso indebido de la vía pública.
  • e) Los vehículos permisionados deberán ser resguardados en el domicilio declarado por los operadores asignados”.

Fue Moisés Bussey García, director general de Transporte de Ruta y Especializado de la Semovi quien requirió en el oficio: SM-SST-DGTRE-0433-2018 la intervención del Invea con fundamento en lo estipulado en los artículos 240, 241 y 243 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal.

-Ley imprecisa-

No obstante, es impreciso si la sanción correspondiente es la que fija el Apartado III del artículo 251 de la referida ley:

“A quien en la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, modifique o altere los itinerarios o rutas, horarios, equipos para determinar la tarifa o las condiciones de prestación del servicio en los términos de esta Ley, de la propia concesión y de las demás
disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, se sancionará con multa de cuarenta a sesenta veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente;”

-Uber revira-

Ante esta situación, Uber dijo estar “a favor de una regulación incluyente que permita la libre competencia y que ofrezca a millones de capitalinos la libertad de elegir la opción de movilidad y de pago que más les convenga”.

Recordó que fue la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que estableció que la prohibición de pago en efectivo -respecto de los servicios de transporte privado que se prestan a través de aplicaciones tecnológicas- es inconstitucional al vulnerar los derechos fundamentales de los ciudadanos”.

Por ello, tras exhortar a las autoridades a no discriminar a las personas, expresó su disposición para dialogar sobre este asunto.

En lo concerniente a sus socios conductores, les pidió “mantener la calma y no responder a provocaciones ante cualquier circunstancia que se pueda presentar”.

About The Author

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *