Por Redacción NotiExpress | La Revista del Sector Inmobiliario
Al alquilar una propiedad, además de los montos que se piden de renta, es necesario dar un pago por adelantado llamado “depósito en garantía” el cual recibe el propietario del inquilino para no violar los términos del contrato al que se ajuste.
La definición de un depósito en garantía nos indica que es un pago que funge como seguro para cualquier imprevisto relacionado con el contrato, la propiedad o los acuerdos. Este monto lo da el arrendatario al arrendadora manera de aval por aquellos daños que puedan causarse en la propiedad y que requieran de reparación.
El depósito en garantía puede cubrir:
En caso de que ningún defecto o problema se haya suscitado en el periodo en que dura el contrato de arrendamiento entonces el arrendador podrá devolver dicho monto al arrendatario.
Este depósito aplica para cualquier tipo de arrendamiento, sea oficina, casa, departamento, habitaciones, bodegas, terrenos, etc.
Suele ser un requisito indispensable para cualquier renta.
El monto de los depósitos en garantía pueden variar acorde a la constitución de la vivienda, sin embargo, podemos notar que estos pueden establecerse de la siguiente manera:
Para aquellas propiedades residenciales sin amueblar, el monto del depósito en garantía puede ser igual o dos veces el monto mensual de la renta.
Es decir, si la renta se encuentra en $2000 pesos, el depósito puede ser del mismo costo o de $4000.
Si la propiedad, en cambio, si está amueblada, este monto puede subir hasta tres veces partiendo del costo mensual del alquiler.
Para el caso de las propiedades comerciales no existen restricciones de depósitos de garantía, sin embargo, suelen ser el doble de lo que es el monto de un mes de alquiler.
El SAT es aquella institución que nos dicta como podemos cumplir con nuestras obligaciones fiscales de la mejor manera, por ello es que dentro de su reglamentación se dice que:
Sobre la devolución, deben estar constituidas ciertas cláusulas en el contrato de arrendamiento para que ambas partes estén de acuerdo sobre la devolución, algunas de ellas enmarcan lo siguiente:
El propietario también será capaz de deducir los depósitos en garantía de las siguientes condiciones:
Para evitar futuras disputas con el arrendatario, te recomendamos dejar documentado el estado de la propiedad a través de fotografías y descripciones en el contrato de arrendamiento. También los nuevos inquilinospodrán solicitar un recorrido previo para dejar estipulado en una minuta el estado de todo.
Algo indispensable es dejar en el mismo contrato de arrendamiento los tiempos definidos en que el depósito será válido y reembolsable, ya que después de mucho tiempo puede tomarse como cuota para diversos servicios.
Te recomendamos avisar con dos meses de anticipacióna tu casero que dejarás la propiedad, puesto que en caso de no ser así existen contratos en donde también el depósito en garantía corre a cuenta debido al imprevisto de la mudanza.
Los depósitos en garantía, protegen tanto a los dueños como inquilinos de imperfectos o daños que puedan suscitarse, por ello es que es, hoy por hoy, es un requisito fundamental en el alquiler de cualquier propiedad.
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