SAT amplía un mes plazo para presentar declaración anual 2021
SAT amplía un mes plazo para presentar declaración anual 2021
Por Redacción QP
La fecha se extiende hasta el 31 de mayo para personas físicas
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que amplió un mes el plazo para presentarla declaración anual 2021.
A través de un comunicado se informó que la fecha se extiende hasta el 31 de mayo, esto para presentar la declaración anual de impuestos del ejercicio fiscal 2020 para personas físicas.
Las #PersonasFísicas que presentarán su #Declara2020 tienen hasta el 31 de mayo para hacerlo. Si requieres generar o renovar tu contraseña o tu e.firma, lo puedes hacer en https://t.co/H0Dg6wTAeI o en la App SAT ID. Si requieres orientación, utiliza el nuevo OrientaSAT. pic.twitter.com/zwKKGJCV3q
— SATMX (@SATMX) April 6, 2021
Se tenía contemplado que vencía el 30 de abril, ahora, los contribuyentes tendrán un mes más para cumplir con esta obligación. Hay que recordar que el miércoles 31 de marzo, terminó la temporada de declaración de impuestos para las empresas.
SAT apoya medidas contra pandemia de COVID-19
Esta medida del SAT de ampliar un mes el plazo para presentar la declaración anual es para apoyar las medidas contra la pandemia de COVID-19 como la jornada de sana distancia y quédate en casa.
“Esta medida obedece a que el Servicio de Administración Tributaria seguirá apoyando de manera firme la Jornada de sana distancia y quédate en casa, mediante el exhorto respetuoso a las personas contribuyentes a que privilegien el uso de las distintas herramientas tecnológicas que se tienen a su disposición para el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con ello evitar la numerosa presencia de contribuyentes en nuestras oficinas”, asegura el SAT.
¿Quién debe presentar declaración anual?
La declaración anual debe presentarla las personas físicas que obtuvieron ingresos por:
- Servicios profesionales (honorarios).
- Actividades empresariales.
- Plataformas tecnológicas
- Arrendamiento
- Intereses
- Dividendos
- Enajenación de bienes
Con información del Servicio de Administración Tributaria