Las personas físicas que busquen la devolución automática deberán presentar su declaración hasta el 31 de julio de 2021
La devolución automática de saldos a favor delImpuesto Sobre la Renta (ISR) para las personas físicas será posible este 2021, así lo señala la Miscelánea Fiscal aprobada para este año ¿qué se necesita para que proceda? A continuación los detalles.
De acuerdo a la Miscelánea Fiscal publicada el pasado 29 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las personas físicas que presenten su declaración anual del 2020 antes del 31 de julio del 2021, y determinen saldo a favor del ISR, podrán solicitar la devolución a la Secretaría de Administración Tributaria (SAT).
Las personas físicas que busquen esta facilidad deberán reunir los siguientes requisitos:
Los resultados que se obtengan de la declaración anual estarán a disposición en el buzón tributario o en el apartado de “Trámites” disponible en el portal del SAT para aquellos contribuyentes no obligados a tener el buzón tributario.