Presentan demanda de juicio político contra Jorge Alcocer
Por Redacción QP
Diputados del PAN acusan al secretario de Salud de “negligencia grave”
El grupo parlamentario del PAN en la Cámara de Diputados presentó una demanda de juicio político en contra del secretario de Salud federal, Jorge Alcocer, por “negligencia grave” en atender la pandemia de coronavirus en México.
Los legisladores panistas aseguraron que son evidentes los actos y/o omisiones de Alcocer en el tratamiento de la pandemia generada por el COVID-19 que significaron en perjuicios para los mexicanos con la pérdida de decenas de miles de vidas, las cuales eran evitables.
“Tenemos por presentados en los términos de este escrito, promoviendo juicio político, en contra del C. Dr. Jorge Alcocer Varela, titular de la Secretaría de Salud, con base en las constancias que se anexan y las que requiera esta H. Cámara, conforme se ha solicitado en el apartado de pruebas, así como en los argumentos expuestos a que hemos hecho referencia en este ocurso”, define la demanda presentada este martes.
El documento, entregado en la Secretaría General de la Cámara de Diputados por los diputados panistas Adriana Dávila y Éctor Jaime, también lo responsabiliza del contagio de miles de mexicanos, con el consiguiente gasto y padecimiento familiar y el cierre definitivo de empresas.
En la demanda, los panistas explican que si se hubieran tomado las directrices estipuladas por la Organización Mundial de la Salud, en el sentido de realizar pruebas, dar seguimiento y monitoreo a personas contagiadas, recomendar el uso obligatorio de cubrebocas y aplicar de manera eficaz programas de distanciamiento social, el resultado hubiera sido diferente.
“Estamos ante el acaecimiento de una de las conductas omisivas más graves en la historia del país. La vida de cualquier ciudadano exige de sus autoridades la mayor de las diligencias, que en este caso no se ha verificado. Todo lo contrario, se ha propiciado una cantidad de mortalidad inusitada en decenas de miles de casos de pacientes que de haber contado con la información oportuna no se hubieran contagiado. Del mismo modo, se ha verificado la mortalidad de personal de salud en la mayor tasa a nivel mundial, lo cual es baremo de la pésima conducción del Secretario de Salud ante esta crisis sanitaria”.
“Como se puede colegir de los hechos denunciados en el presente caso se incurrió en responsabilidad administrativa, política e incluso se pudo haber incurrido en responsabilidad penal, puesto que se actualizan las fracciones III, VI, VII y VIII del artículo 7 de la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos, que detallan en qué consiste el perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho”, describen los legisladores.
Describen que en el caso de la gestión del COVID-19 la actuación del secretario de Salud ha sido omisiva y por demás ineficaz, ya que no se realizaron las acciones para atender el contagio masivo en México, como se ha señalado tanto por instancias domésticas e internacionales que se han señalado.
“La no realización de pruebas masivas y monitoreo de contagios, la negativa a la utilización generalizada de cubrebocas han producido una carga social que históricamente quedará grabada como uno de los agravios padecidos por la incapacidad manifiesta, negligencia, lenidad e irresponsabilidad del Secretario de Salud; del presidente Andrés Manuel López Obrador y del subsecretario Hugo López-Gatell a quienes se les deben incoar las responsabilidades que correspondan”, definen los panistas.
Como pruebas los panistas anexaron una serie de hechos como se fue tratando la pandemia en nuestro país.
“Si bien no es posible afirmar que esa información se encuentra al alcance de todos los sectores de la sociedad, lo cierto es que sí es posible determinar si por el tipo de datos un hecho forma parte de la cultura normal de un sector de la sociedad y pueda ser considerado como notorio por el juzgador y, consecuentemente, valorado en una decisión judicial, por tratarse de un dato u opinión común indiscutible, no por el número de personas que conocen ese hecho, sino por la notoriedad, accesibilidad, aceptación e imparcialidad de este conocimiento. Por tanto, el contenido de una página de Internet que refleja hechos propios de una de las partes en cualquier juicio, puede ser tomado como prueba plena, a menos que haya una en contrario que no fue creada por orden del interesado, ya que se le reputará autor y podrá perjudicarle lo que ofrezca en sus términos”, describen los panistas.
Con información de SUN