Te decimos que pasos debes seguir para deducir de impuestos ante el SAT la colegiatura de tus hijos
Por Redacción QP
¿Qué son las deducciones personales? ¿Puedes deducir los gastos de colegiaturas en tu daclaración anual? Esto sabemos
¿Sabías que puedes incluir las colegiaturas de tus hijos en tu declaración anual? Es importante infórmarte sobre los gastos y montos que puedes deducir en tu Declaración Anual, te compartimos los detalles de acuerdo al portal del SAT
Si eres persona física, en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar deducciones personales.
¿Qué son las deducciones personales?
Se trata de gastos que como contribuyente tienes derecho a deducir de tus ingresos acumulados en tu declaración anual de impuestos del año.
Desde preescolar hasta bachillerato, en este nuevo ciclo escolar, al pagar las colegiaturas, solicita tu factura, asegúrate de que en el comprobante aparezca tu nombre y CURP, además del nivel educativo del pago correspondiente.
Las deducciones personales, correspondientes a la educación, de acuerdo al portal del SAT son:
Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato, por los siguientes montos siguientes (límite anual de deducción):
- Preescolar: 14 mil 200 pesos.
- Primaria: 12 mil 900 pesos.
- Secundaria: 19 mil 900 pesos.
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
Es importante contar con el comprobante de pago correspondiente para hacer efectivo este beneficio.
Cuando realices pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que puedes disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició.
Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.
Para obtener un saldo a favor, debes presentar tus deducciones en tu Declaración Anual.
Para más información no dudes en contactar la página oficial del SAT: www.sat.gob.mx