Avala SCJN que usuarios puedan pagar Uber y Cabify en efectivo
Avala SCJN que usuarios puedan pagar Uber y Cabify en efectivo
Por Redacción QP
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prohibición para que los servicios de transporte público mediante plataforma electrónica, tipo Uber o Cabify, cobren en efectivo.
Durante el segundo día de análisis de la Ley de Movilidad Sustentable del estado de Colima, el pleno del máximo tribunal también declaró como inconstitucionales una serie de requisitos para los vehículos que prestan este servicio.
La víspera, la SCJN avaló la aportación mensual forzosa de 1.5 por ciento de lo cobrado por cada viaje a un Fondo de Movilidad y determinó que son constitucionales los artículos 171 y 172, al no implicar limitaciones injustificadas a la libertad de trabajo.
Ello dado que al prever disposiciones sobre tarifas y envío de recibos por correo electrónico, además de prohibir subarrendar los vehículos, recibir pagos mediante tarjetas de prepago y hacer base o sitio, el legislador local actuó dentro de su libertad de configuración.
Viola la Constitución
La corte señaló que es infundado el argumento en el sentido de que el legislador local, al regular el servicio de transporte privado por arrendamiento a través de plataformas tecnológicas, violó el Artículo 73, fracciones X y XVII, de la Constitución federal.
Se explicó que dicho artículo establece la facultad del Congreso de la Unión en materia de comercio, intermediación y servicios financieros y vías generales de comunicación y telecomunicaciones.
La Corte también avaló la ley que actualmente exige contar con un permiso de operación, otorgado por las autoridades estatales en materia de movilidad.