TEPJF valida la elección en Coyoacán; Manuel Negrete será Alcalde
TEPJF valida la elección en Coyoacán; Manuel Negrete será Alcalde
Por Redacción QP
Después de que la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declarara inválida la elección en Coyoacán, tras las impugnaciones impuestas por los partidos PT, Morena y PES, la Sala Superior de dicho órgano declaró válida la elección y ratificó como ganador a Manuel Negrete.
Fue el pasado 21 de septiembre cuando los magistrados de la Sala Regional del TEPJFdecidieron invalidar los comicios del pasado 1 de julio en el que en aspirante de la candidatura en común Por La CDMX al Frente, del PAN, Movimiento Ciudadano y PRD, Manuel Negrete resultó ganador.
Ante esto quien ya se ostentaba como Alcalde electo, Manuel Negrete, presentó un recurso de reconsideración en la Sala Superior del TEPJF, en contra de la resolución de la Sala Regional.
Manuel Negrete y María Rojo, la ex candidata de Morena derrotada por Negrete en los comicios, acudieron esta semana, por separado, a una audiencia en el TEPJF.
La elección había sido anulada después de que la Sala Regional resolviera que en los comicios hubo uso electoral de programas sociales de la delegación Coyoacán a favor de Negrete, además de acreditar violencia política de género en contra de Rojo.
La votación
Hoy durante la sesión celebrada por magistrados de la Sala Superior del TEPJF, la votación favoreció a Negrete, quien salió victorioso después de que el proyecto de su recurso interpuesto recibiera todos los votos a favor y ninguno en contra.
Felipe de la Mata Pizaña, magistrado responsable del proyecto de impugnación de Manuel Negrete, mencionó que el uso de los programas sociales a favor del candidato no se probó, dijo que aunque si existió violencia de género en contra de María Rojo, y propuso implementar medidas de protección a favor de la ex candidata de Morena, en caso de que ella las acepte, no es una razón suficiente para anular la elección.
“La violencia no trascendió a la elección. De los hechos de violencia acreditados no se desprende la trascendencia que tuvo en el proceso electoral en su conjunto, ya que lo que se encuentra acreditado son actos de violencia de género realizados por terceros ajenos a la contienda electoral o por personas no identificadas, que si bien, no son aceptables ni deseables en los procesos electorales, en el expediente se debe contar con elementos objetivos para considerar que estos fueron determinantes para el resultado de la elección”.
La magistrada Mónica Aralí Soto, a pesar de condenar la violencia política por razón de género que quedó probada, consideró que declarar la nulidad de la elección es la última instancia que debería seguirse en caso de una elección, por lo que dio su voto a favor del proyecto de De la Mata Pizaña.