“El Tribunal local no motivó adecuadamente la revocación del cómputo municipal pues tomó como cierto los nuevos datos que proporcionó el Consejo General del Instituto Electoral y con base en ellos efectuó la recomposición del mismo sin allegarse de mayores elementos de convicción que permitieran dictar su fallo con un cómputo íntegro de las casillas instaladas verificando si efectivamente se trataba de errores asentados en las actas de escrutinio y cómputo o bien de posibles imprecisiones en que hubiere incurrido el señalado Consejo”, señaló en sesión el magistrado Romero Bolaños.

La Sala Regional capitalina ordenó a los magistrados del TEEP que emitan una nueva resolución, para ella deberán solicitar a las representaciones partidistas las copias de las actas para efectuar el cómputo municipal.