{"id":4163,"date":"2018-09-08T15:59:48","date_gmt":"2018-09-08T15:59:48","guid":{"rendered":"http:\/\/quehacerpolitico.mx\/violencia-sexual-quemaduras-de-cigarro-golpes-asfixia-17-casos-de-la-cndh-contra-la-marina\/"},"modified":"2018-09-08T15:59:48","modified_gmt":"2018-09-08T15:59:48","slug":"violencia-sexual-quemaduras-de-cigarro-golpes-asfixia-17-casos-de-la-cndh-contra-la-marina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/quehacerpolitico.mx\/?p=4163","title":{"rendered":"Violencia sexual, quemaduras de cigarro, golpes, asfixia: 17 casos de la CNDH contra la Marina"},"content":{"rendered":"<h3>La CNDH exhibe en su \u00faltima recomendaci\u00f3n las violaciones de derechos humanos cometidas por elementos de la Secretar\u00eda de Marina:\u00a0violencia sexual (desnudez obligada, descargas el\u00e9ctricas en genitales y violaci\u00f3n sexual a detenidos), violencia sicol\u00f3gica (amenazas de matar, lastimar o violar a familiares), retenciones de la libertad ilegales de hasta por cuatro d\u00edas y tortura f\u00edsica (intentos de asfixia, tablazos,\u00a0quemaduras de cigarro, golpes, entre otros).<\/h3>\n<h3>El organismo aut\u00f3nomo destaca que esta pr\u00e1ctica \u201crecurrente\u201d por parte de los elementos navales al momento de tener bajo su custodia a las personas detenidas y que resulta de gravedad \u201csi se considera que esas violaciones tuvieron lugar en distintas entidades federativas, en diversas fechas y que los elementos navales pertenecen a diferentes Batallones de Infanter\u00eda\u201d.<\/h3>\n<p>\u201c\u2019Si no hablas <strong>voy a ir por tu mujer y me la voy a coger y a tus hijos los voy a matar<\/strong>\u2018; al no contestar le propinaron <strong>descargas el\u00e9ctricas<\/strong> en varias partes del cuerpo \u2018con una garrocha amarilla como las que usan los ganaderos\u2019, incluso introdujeron ese artefacto en su ano para darle una <strong>descarga el\u00e9ctrica<\/strong>. Asimismo, lo amenazaron con matarlo al igual que a sus hijos y le colocaron bolsas de pl\u00e1stico en la cara hasta que perdi\u00f3 el conocimiento\u201d.<\/p>\n<p>El texto es un fragmento de la \u00faltima recomendaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Nacional de los Derechos Humanos (<strong>CNDH)<\/strong>, en la que document\u00f3 que elementos de la <strong>Secretar\u00eda de Marina<\/strong> (<strong>Semar<\/strong>) incurrieron en \u201cpracticas ilegales y violaci\u00f3n reiterada de derechos humanos\u201d entre 2013 y 2017:<strong> torturaron y agredieron sexualmente<\/strong> a 17 personas \u2013cuatro de ellas mujeres\u2013 en diferentes hechos en los estados de Coahuila, Nuevo Le\u00f3n, Sinaloa, Veracruz y Zacatecas.<\/p>\n<p>La recomendaci\u00f3n emitida este jueves concluye que existi\u00f3 <strong>violencia sexual<\/strong> contra 11 v\u00edctimas, agresiones a la privacidad en contra de cinco personas y cateo ilegal en uno de los casos.<\/p>\n<p>Con respecto a la tortura, 7 casos se registraron en el estado de Coahuila; 3 con Nuevo Le\u00f3n (2 son mujeres); 2 con Sinaloa; 3 con Veracruz (1 es mujer) y 2 m\u00e1s con Zacatecas (una mujer).<\/p>\n<p>El documento emitido por la instituci\u00f3n encabezada por Luis Ra\u00fal Gonz\u00e1lez P\u00e9rez tambi\u00e9n documenta la agresi\u00f3n sexual de al menos 11 v\u00edctimas, as\u00ed como la agresi\u00f3n psicol\u00f3gica a 12 de los quejosos.<\/p>\n<p>La mayor\u00eda de estas agresiones sexuales consisten en obligar a los detenidos a desnudarse, en descargas el\u00e9ctricas en sus genitales \u2013en los test\u00edculos a los hombres y en los senos a la mujeres\u2013. En el caso de las agresi\u00f3n psicol\u00f3gica, la mayor\u00eda consiste en amenazas de muerte para la persona que se tortur\u00f3 y amenazas de matar, hacer da\u00f1o o atacar sexualmente a miembros de su familia.<\/p>\n<div id=\"attachment_3468358\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-3468358\" src=\"http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/ccca7.jpg\" sizes=\"auto, (max-width: 700px) 100vw, 700px\" srcset=\"http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/ccca7.jpg 700w, http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/ccca7-300x199.jpg 300w\" alt=\"\" width=\"700\" height=\"465\" \/><\/p>\n<p class=\"wp-caption-text\">Los mayor\u00eda de los casos documentados por la CNDH de tortura por parte de la Marina se cometieron con Vidal Francisco Sober\u00f3n Sanz, al frente de la Semar. Foto: Cuartoscuro<\/p>\n<\/div>\n<p>Las quejas que aglomer\u00f3 la CNDH fueron recabas de diferentes formas, seg\u00fan explica en su informe: presentadas de manera individual por parte de familiares, defensores p\u00fablicos federales, por los propios agraviados, as\u00ed como vistas formuladas por los juzgados instructores, y de los agentes del ministerio p\u00fablico federal.<\/p>\n<p>Tras la investigaci\u00f3n en la que se encontraron practicas ilegales similares y la violaci\u00f3n reiterada de los derechos humanos a esas v\u00edctimas por parte de elementos navales, la CNDH acord\u00f3 concentrar los expedientes se\u00f1alados para emitir una \u00fanica recomendaci\u00f3n a la Secretar\u00eda de Marina en la que advierte \u201cuna pr\u00e1ctica ilegal y violaci\u00f3n reiterada de derechos humanos\u201d.<\/p>\n<p>El organismo tambi\u00e9n acredit\u00f3 que \u201cla SEMAR al rendir sus informes sobre la puesta a disposici\u00f3n de los detenidos sus narrativas de los hechos \u201cson diferentes a como realmente acontecieron\u201d<\/p>\n<p>Entre las evidencias que obtuvo la CDHN sobre los actos de tortura y agresi\u00f3n, adem\u00e1s de testimonios, hay certificados m\u00e9dicos; dict\u00e1menes de integridad f\u00edsica emitidos por la PGR que describen<br \/>lesiones, f\u00edsicas consistentes en hematomas, enrojecimientos y laceraciones; estudios psicof\u00edsicos, oficios que revelan que la SEMAR ofreci\u00f3 atenci\u00f3n m\u00e9dico-piscol\u00f3gica; dict\u00e1menes de medicina forense de mec\u00e1nica de lesiones; declaraciones preparatorias; actas circunstanciadas de visitadores adjuntos con entrevistas, registro de atenci\u00f3n prehospitalaria, y los dict\u00e1menes de la opini\u00f3n de los especialistas de la CNDH.<\/p>\n<p><strong>PATR\u00d3N DE LESIONES<\/strong><\/p>\n<p>Amagar a los detenidos de pies y manos, tapar la visi\u00f3n -cubrir la cara-, agresi\u00f3n f\u00edsica, sexual, psicol\u00f3gica y tenerlos retenidos por varias horas o d\u00edas sin ponerlos a disposici\u00f3n de un ministerio p\u00fablico fue \u201cpr\u00e1ctica recurrente por parte de los elementos navales al momento de la detenci\u00f3n\u201d de la mayor\u00eda de las v\u00edctimas, advierte la CNDH.<\/p>\n<p>Las agresiones f\u00edsicas consistieron en golpes en cara, cuerpo, e incluso quemaduras de cigarro y descargas el\u00e9ctricas en diferentes partes del cuerpo. Al menos seis de ellos recibieron tablazos.<\/p>\n<p>Las agresiones sexuales que comet\u00edan, las m\u00e1s recurrentes son desnudez forzada en al menos 8 casos, en al menos diez casos, los detenidos recibieron descargas el\u00e9ctricas en general (8 fueron en los genitales: a dos mujeres en los senos y genitales y a seis hombres en los test\u00edculos).<\/p>\n<p>En al menos 14 casos hubo privaci\u00f3n visual, a la mayor\u00eda les tapaban la cabeza. En 13 casos hubo intento de asfixia, la mayor\u00eda con bolsas de pl\u00e1stico.<\/p>\n<p>En cuanto a la agresi\u00f3n psicol\u00f3gica fue inferida al menos 12 de las v\u00edctimas, la mayor\u00eda fueron amenazas de muerte y en tres casos, los amagaron con que iban a matar, lastimar o violar a sus familiares.<\/p>\n<blockquote>\n<p>\u201cEsta comisi\u00f3n Nacional advierte que el m\u00e9todo para infligir el tipo de lesiones que presentaron los 17 agraviados, ha constituido una pr\u00e1ctica recurrente por parte de los elementos navales al momento de tener bajo su custodia a las personas detenidas. La situaci\u00f3n resulta de gravedad si se considera que esas pr\u00e1cticas tuvieron lugar en distintas entidades federativas, en diversas fechas y que los elementos navales pertenecen a diferentes Batallones de Infanter\u00eda. Por ello, esta Comisi\u00f3n Nacional insiste en erradicar este tipo de conductas con acciones de pol\u00edticas p\u00fablicas que permitan incidir en la sensibilizaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de los elementos navales en el respeto, protecci\u00f3n y garant\u00eda de los derechos humanos, o bien, respecto de los nuevos elementos, quienes tienen que acreditar previo a su ingreso a las Fuerzas Armadas un curso en derechos humanos.\u201d, detalla el informe.<\/p>\n<p><strong>RETENCI\u00d3N ILEGAL<\/strong><\/p>\n<p>La CNDH concluy\u00f3 \u2013de acuerdo a los testimonios\u2013 que en todos los casos, las v\u00edctimas no fueron puestos a disposici\u00f3n de la autoridad ministerial de forma inmediata, como lo establece el art\u00edculo 16, p\u00e1rrafo quinto de la Constituci\u00f3n de M\u00e9xico. Esto viol\u00f3 \u201cel derecho a la seguridad jur\u00eddica de las personas agraviadas, en virtud de que el MPF no pudo realizar una valoraci\u00f3n inmediata de las condiciones en las que se realiz\u00f3 su detenci\u00f3n, a consecuencia de la dilaci\u00f3n injustificada de los elementos navales en la puesta a disposici\u00f3n de los detenidos\u201d.<\/p>\n<p>\u201cEl derecho a la seguridad jur\u00eddica y personal de obligaba a los elementos navales a ponerlos inmediatamente a disposici\u00f3n del MPF, lo que no ocurri\u00f3\u201d, destaca el organismo.<\/p>\n<blockquote>\n<p>Las retenciones en su mayor\u00eda duraban m\u00e1s de un d\u00eda. Hay retenci\u00f3n que duraron hasta 191 horas, 15 minutos, en uno de los casos. En otros casos las retenciones duraron 98, 70, 50, 40, 49, 34, 25, 24, horas respectivamente.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>La Comisi\u00f3n Nacional tambi\u00e9n acredit\u00f3 que \u201cla SEMAR al rendir sus informes de puesta a disposici\u00f3n asent\u00f3 informaci\u00f3n que argumentos tendentes a evadir la responsabilidad de los agentes navales aprehensores por las agresiones f\u00edsicas que les fueron inferidas a los quejosos\u201d.<\/p>\n<p>El organismo observ\u00f3 con especial enfatiz\u00f3 que \u201cen zonas de alta presencia militar, donde<br \/>los miembros de la instituci\u00f3n militar asumen control de la seguridad interna, la remisi\u00f3n sin demora ante las autoridades judiciales cobra mayor importancia con el fin de minimizar cualquier tipo de riesgo de violaci\u00f3n a los derechos de la persona\u201d.<\/p>\n<p>En cuanto a la sanci\u00f3n y castigo para los culpables, no hay una sentencia penal condenatoria contra los elementos navales que cometieron agresiones. En la mayor\u00eda de los casos las denuncias presentadas el Ministerio P\u00fablico Militar Especializado en Asuntos Navales, adscrito al Sector Central; la Fiscal\u00eda Militar, fueron remitidas a la PGR, despe\u00f1es de eso no hay mucha informaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Solo en dos casos se informa que \u201chay procedimientos administrativos\u201d pero no se brinda mayores detalles. La mayor\u00eda de los procedimientos administrativos no hay informaci\u00f3n, fueron prescritos o incluso hay casos en que ya fueron archivados. En dos casos hay un \u201cacuerdo de inicio correspodientes\u201d y es toda la informaci\u00f3n que se brinda.<\/p>\n<p>Las detenciones y agresiones que argumenta la CNDH en su informe ocurrieron en diferentes hechos en Piedras Negras, Coahuila; Boca del R\u00edo, Veracruz; Coatzacoalcos, Veracruz; Zacatecas, Zacatecas; Monterrey, Nuevo Le\u00f3n; San Nicol\u00e1s de los Garza, y Apocada, Nuevo Le\u00f3n; Mazatl\u00e1n, Sinaloa.<\/p>\n<blockquote>\n<p><strong>Nota<\/strong>: Con el prop\u00f3sito de proteger la identidad de las personas que intervinieron en los hechos y evitar que su nombre por motivos de seguridad, las v\u00edctimas fueron nombradas con la letra \u201cV\u201d y un n\u00famero. Los relatos se encuentran en la recomendaci\u00f3n\u00a029 \/2018.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p><strong>CASO 1.- El PILOTO<\/strong><br \/>La v\u00edctima del primer caso de tortura es un piloto a\u00e9reo que detenido el 28 de noviembre de 2012 en Piedras Negras, Coahuila.<\/p>\n<blockquote>\n<p>El piloto, seg\u00fan narr\u00f3, estaba en compa\u00f1\u00eda de otro hombre cuando fue capturado 4 o 5 marinos.<br \/>\u2013\u201cA ustedes los est\u00e1bamos esperando\u201d\u2013le dijo uno de los marinos, seg\u00fan narra.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>El hombre refiri\u00f3 que los marinos le \u201cpegaron con un cinto en los pies\u201d mientras le dec\u00edan: \u2013El clavo del avi\u00f3n. [\u2026], El perico. Vas a decir d\u00f3nde est\u00e1 el perico, tenemos nombre, foto, tel\u00e9fono y direcci\u00f3n de tu esposa. [\u2026] si no hablas voy a ir por tu mujer y me la voy a coger y a tus hijos los voy a matar\u2013<\/p>\n<blockquote>\n<p>\u201cAl no contestar le propinaron descargas el\u00e9ctricas en varias partes del cuerpo \u201ccon una garrocha amarilla como las que usan los ganaderos\u201d, incluso introdujeron ese artefacto en su ano para darle una descarga el\u00e9ctrica.<br \/>Tambi\u00e9n lo amenazaron con matarlo al igual que a sus hijos y le colocaron bolsas de pl\u00e1stico en la cara hasta que perdi\u00f3 el conocimiento.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>La CNDH concluy\u00f3 el 22 de enero de 2014 que las lesiones \u201cfueron causadas en la pr\u00e1ctica de falanga que es una maniobra similar a las efectuadas en tortura\u201d.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al detenido, el 6 de diciembre de 2012 se le dict\u00f3 auto de formal prisi\u00f3n. El 10 de abril de 2015 el Juzgado de Distrito en Piedras Negras, Coahuila, inform\u00f3 que la causa penal se encuentra en periodo de instrucci\u00f3n.<\/p>\n<p>Por la tortura y violaci\u00f3n a derechos humanos, se present\u00f3 una denuncia ante el Ministerio P\u00fablico Militar Especializado en Asuntos Navales, adscrito al Sector Central, pero el 24 de septiembre de 2013 se remiti\u00f3 por incompetencia a la PGR. No hay m\u00e1s informaci\u00f3n sobre el proceso.<\/p>\n<p>La denuncia iniciada contra los agentes ante el \u00d3rgano Interno de Control de la SEMAR, fue archivada el 17 de enero de 2017.<\/p>\n<p><strong>CASO DOS: AMENAZARON CON VIOLARME Y DESCUARTIZARME<\/strong><\/p>\n<p>El segundo caso que documenta la CNDF es el de una mujer detenida la tarde del 22 de agosto de 2011 en Boca del R\u00edo en el Estado de Veracruz.<\/p>\n<p>La mujer narr\u00f3 que ella caminaba junto con otra mujer por una calle de Boca del R\u00edo en el Estado de Veracruz, cuando fue detenida en un ret\u00e9n de Marinos. Atestigua que \u201cle quitaron la blusa, le taparon los ojos, la tiraron al piso, le jalaron de los pelos y la interrogaron acerca de una persona que desconoce. Le tocaron sus pechos, le quitaron su ropa interior y la amenazaron con violarla y descuartizarla. Posteriormente, los agentes la golpearon en cabeza y nariz, intentaron cortarle los dedos, dej\u00e1ndole marcas.<\/p>\n<p>Pas\u00f3 el tiempo y las agresiones continuaron. Los marinos le arrojaron agua en el cuerpo y luego le dieron descargas el\u00e9ctricas todo el cuerpo, en sus partes \u00edntimas, principalmente en sus senos\u201d mientras le dec\u00edan que ten\u00eda que auto incriminarse como miembro de una organizaci\u00f3n criminal y \u201chaber secuestrado\u201d a una persona, de lo contrario, \u201cmatar\u00edan a sus familiares\u201d.<\/p>\n<p>Permaneci\u00f3 retenida 49 horas.<br \/>La CNDH que acreditaron la tortura con un Dictamen M\u00e9dico\/Psicol\u00f3gico Especializado para Casos de Posible Tortura y\/o Maltrato (Basado en el Protocolo de Estambul) del 31 de julio de 2014.<\/p>\n<p>El 17 de octubre de 2011, se le dict\u00f3 auto de formal prisi\u00f3n a la v\u00edctima a por los delitos de delincuencia Organizada; secuestro y portaci\u00f3n de arma de fuego de uso exclusivo de Ej\u00e9rcito. la denuncia sigue en periodo de instrucci\u00f3n, seg\u00fan el informe de la CNDH,<\/p>\n<p>La detenida inici\u00f3 un denuncia ante la Fiscal\u00eda General de Justicia Militar contra los elementos de la Marina, actualmente se ignora su estado actual. En cuanto al procedimiento administrativo por la tortura, el 11 de abril de 2017 se dict\u00f3 acuerdo de conclusi\u00f3n al declararse la prescrita la facultad sancionadora.<\/p>\n<p><strong>CASO TRES: \u201cTOQUES\u201d EN\u00a0 LOS TEST\u00cdCULOS<\/strong><\/p>\n<p>El tercer caso que expone la CNDH es el de un hombre detenido el 27 de octubre de 2012 en Zacatecas, Zacatecas.<\/p>\n<p>El quejoso se\u00f1al\u00f3 lo \u201cgolpearon con los pu\u00f1os en las costillas\u201d, lo sentaron \u201ccomo en una silla que ten\u00eda como un hueco\u201d, y ah\u00ed le dieron toques en los test\u00edculos\u201d.<\/p>\n<p>El hombre narr\u00f3 que las descargas el\u00e9ctricas se sienten como \u201csi te quemaran con un encendedor: se te acelera el coraz\u00f3n, la respiraci\u00f3n es m\u00e1s r\u00e1pida\u201d. El detenido tambi\u00e9n recibi\u00f3 siete tablazos en las nalgas y una mujer le golpe\u00f3 las \u201cespinillas con un metro\u201d.<\/p>\n<p>Luego, lo pusieron en el suelo boca abajo con las manos hacia atr\u00e1s y le colocaron una bolsa de pl\u00e1stica y al no poder respirar- \u201cempec\u00e9 a no saber nada\u201d, \u201csent\u00ed que me mor\u00eda ah\u00ed. Sudas mucho, se te acelera el coraz\u00f3n sientes el coraz\u00f3n al mil, respiras r\u00e1pido tratando de jalar aire de donde sea, es una sensaci\u00f3n de angustia y desesperaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Permaneci\u00f3 retenido 69 horas con 5 minutos.<\/p>\n<p>Entre las evidencias que recopil\u00f3 la CNDH sobre la tortura est\u00e1, el dictamen de Mec\u00e1nica de Lesiones emitido el 16 de noviembre de 2012 por la PGR.<\/p>\n<p>La denuncia contra los marinos por actos de tortura fue iniciada ante la Fiscal\u00eda Militar. Pero se remiti\u00f3 a la Delegaci\u00f3n Regional de la PGR en Zacatecas. De ella no hay mayores datos.<br \/>En relaci\u00f3n al proceso administrativo contra los agentes, el 8 de julio de 2014 se dict\u00f3 un acuerdo de conclusi\u00f3n por \u201cno existir elementos de prueba y\/o convicci\u00f3n que acrediten la existencia de los actos imputados a elementos de la SEMAR\u201d.<\/p>\n<p><strong>CASO 4: VUELO DE LA MUERTE<\/strong><br \/>El cuarto caso que expone la CNDH, es el de un hombre capturado en Veracruz el 12 de diciembre de 2011-<br \/>El detenido refiri\u00f3 que dorm\u00eda adentro de la caja de un cami\u00f3n cuando fue detenido: \u201c Me dec\u00edan que si no cooperaba me matar\u00edan\u201d, refiri\u00f3 el hombre.<\/p>\n<p>Los marinos, seg\u00fan denunci\u00f3 el detenido, lo subieron un helic\u00f3ptero y ah\u00ed, mientras un marino lo golpeaba, \u201cme dec\u00eda que si no cooperaba me iba a aventar del helic\u00f3ptero\u201d.<\/p>\n<p>UN elemento de la Semar tambi\u00e9n le exig\u00eda al detenido que reconociera pertenecer a una organizaci\u00f3n criminal. Detalla que durante la retenci\u00f3n fue desnudado totalmente, y que le proporcionaron descargas el\u00e9ctricas hasta que otra vez perdi\u00f3 el conocimiento.<\/p>\n<p>\u00c9l permaneci\u00f3 retenido 24 horas.<\/p>\n<p>Entre las evidencias que hall\u00f3 la CNDH sobre la tortura, est\u00e1 la opini\u00f3n m\u00e9dica del 11 de marzo de 2015por Comisi\u00f3n Nacional, que dice: \u201cLas lesiones que present\u00f3 el se\u00f1or [V4] se determina que le fueron inferidas en una mec\u00e1nica de tipo intencional por terceras personas\u201d.<\/p>\n<p>El 15 de julio de 2013 se modific\u00f3 el auto de formal prisi\u00f3n contra el detenido al que s\u00f3lo se acredit\u00f3 el delito de delincuencia organizada.<\/p>\n<p>La denuncia ante el Ministerio P\u00fablico Militar por los actos de tortura fue remitida a la Direcci\u00f3n General de Atenci\u00f3n y Seguimiento a Recomendaciones y Conciliaciones en materia de Derechos Humanos y se inganora el estado actual. Otra denuncia presentanda ante la Fiscal\u00eda Militar fue remitida por incompetencia a la PGR. Se ignora su estado actual.<\/p>\n<div id=\"attachment_3468424\" class=\"wp-caption alignnone\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-3468424\" src=\"http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/semar-1.jpg\" sizes=\"auto, (max-width: 700px) 100vw, 700px\" srcset=\"http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/semar-1.jpg 700w, http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/semar-1-300x200.jpg 300w\" alt=\"\" width=\"700\" height=\"467\" \/><\/p>\n<p class=\"wp-caption-text\">Las detenciones y agresiones que argumenta la CNDH en su informe ocurrieron en diferentes hechos en Piedras Negras, Coahuila; Boca del R\u00edo, Veracruz; Coatzacoalcos, Veracruz; Zacatecas, Zacatecas; Monterrey, Nuevo Le\u00f3n; San Nicol\u00e1s de los Garza, y Apocada, Nuevo Le\u00f3n; Mazatl\u00e1n, Sinaloa. Foto: Cuartoscuro<\/p>\n<\/div>\n<p><strong>CASO 5: EL TAXISTA<\/strong><br \/>Un taxista detenido el 4 de agosto de 2013 en el Boulvard Venustiano Carranza, en Saltillo, Coahuila, es el quinto caso que expone la Comisi\u00f3n.<\/p>\n<p>El hombre narr\u00f3 tras concluir el servicio fue capturado. Durante su retenci\u00f3n fue amenazado y golpeado.<\/p>\n<p>\u2013Te vamos a matar, te vamos a cocinar, nada m\u00e1s espero la llamada de mi jefe\u2013 le dijo uno de los sujetos que estaba al lado mientras lo golpeaba.<\/p>\n<p>El taxista fue golpeado en diversas ocasiones y fue desvestido. Un marino lo amarr\u00f3 de los pies con su propio cintur\u00f3n, otra persona le coloc\u00f3 una bolsa de pl\u00e1stico en la cara, y le \u201ccoloc\u00f3 la chicharra en los test\u00edculos unas 6 o 7 veces hasta que se descarg\u00f3 el aparato\u201d.<\/p>\n<p>El taxista fue cuestionado \u201csi conoc\u00eda a unas personas\u201d y le dijeron que si no les daba informaci\u00f3n \u201ciban a ir por su familia, esposa e hijas para violarlas frente a \u00e9l e imputarles cargos de halconas y vendedoras de droga\u201d.<\/p>\n<p>\u00c9l permaneci\u00f3 retenido 34 horas.<\/p>\n<p>La opini\u00f3n m\u00e9dica de un especialista de la CNDH, emitida el 12 de agosto de 2015, afirma \u201cque el hombre present\u00f3 lesiones que -por sus caracter\u00edsticas- son similares a las producidas en actos de tortura de un individuo\u201d.<\/p>\n<p>El 13 de agosto de 2013, se dict\u00f3 auto de formal prisi\u00f3n contra el taxista por los delitos de acopio de armas de fuego de uso exclusivo, posesi\u00f3n de cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo del Ej\u00e9rcito y Fuerzas Armadas, portaci\u00f3n de arma de fuego y delitos contra la salud.<\/p>\n<p>La denuncia contra los marinos ante la Fiscal\u00eda Militar se remiti\u00f3 por incompetencia a la PGR el 12 de septiembre de 2016. No hay mayor informaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>CASO 6: DETENIDA\u00a0Y VIOLADA<\/strong><br \/>Un mujer detenida y violada por elementos de la Marina el 8 de mayo de 2013, en Zacatecas es el sexto caso que documenta la CNDH.<\/p>\n<p>De acuerdo al relato presentado por el organismo, la v\u00edctima fue abordada por dos personas que dijeron pertenecer a la Marina, golpe\u00e1ndola con sus arma, la subieron a una camioneta blanca donde continuaron agredi\u00e9ndola. Durante el trayecto, narr\u00f3 la mujer, le pegaban \u201cen la cabeza, en el abdomen y en las piernas\u201d, y dec\u00edan que la \u201ciban a matar\u201d.<\/p>\n<p>La v\u00edctima recuerda que los marinos la llevaron a unos ba\u00f1os, la tiraron al suelo y los elementos navales la comenzaron a patear.<br \/>Por la noche, le quitaron la ropa y la ba\u00f1aron con agua fr\u00eda. Una mujer le dio un cambio de ropa, la volvieron a vendar de los ojos, enseguida, le colocaron una bolsa en la cara hasta que se desmay\u00f3. Al despertar, una mujer le orden\u00f3 que se \u201cempinara\u201d y le dio diez tablazos en los gl\u00fateos.<\/p>\n<p>La v\u00edctima narr\u00f3 que los marinos le desgarraron la ropa dej\u00e1ndola desnuda, le apretaron los senos \u201ccon algo duro\u201d y tocaron sus genitales. Luego, cinco elementos navales le introdujeron su pene en la boca, posteriormente la aventaron al suelo, le abrieron las piernas y solo sinti\u00f3 que la \u201ciban violando\u201d.<\/p>\n<p>Posteriormente, una mujer la meti\u00f3 a la regadera y mientras le ca\u00eda el agua le daba descargas el\u00e9ctricas toques en todo el cuerpo. \u201cMe hizo abrir las piernas y me dio toques en los genitales. Una mujer me preguntaba que si era tal, y cuando lo negu\u00e9 me dijo que no le importaba, que como quiera me iban a matar\u201d, relat\u00f3.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s, la llevaron a un monte y ah\u00ed hab\u00eda m\u00e1s hombres detenidos y la arrodillaron. Un marino le puso \u201cuna pistola en la cabeza, pero la bala no sali\u00f3\u201d, explica.<\/p>\n<p>Posteriormente la condujeron a otro lugar: \u201cMe dijeron que como no cooperaba iba a conocer el bat [\u2026]me bajaron la ropa hasta las rodillas, empec\u00e9 a sentir que met\u00edan algo en mi vagina\u201d. Posteriormente continuaron el camino, pero los marinos no dejaron de golpear a la mujer. Al regresar al gimnasio, una mujer la ba\u00f1\u00f3 y le dio ropa.<\/p>\n<p>Un certificado m\u00e9dico emitido el 12 de mayo de 2013, suscrito por el M\u00e9dico Naval 2 de la SEMAR, en el que se asent\u00f3 que al momento de su exploraci\u00f3n f\u00edsica \u201cno presenta lesiones que pongan en peligro la vida\u201d.<\/p>\n<p>La m\u00e9dica elaborada por el Centro Federal Femenil del 14 de mayo de 2013 detalla que la mujer refiri\u00f3 tener \u201cdolor en el cuerpo generalizado por recibir golpes en su detenci\u00f3n el d\u00eda 11 de mayo de 2013\u201d y \u201cno haber menstruado desde marzo de 2013\u201d.<\/p>\n<p>Un dictamen de mec\u00e1nica de lesiones con n\u00famero de folio 59447, emitida por la PGR el 5 de octubre de 2015, se\u00f1ala que las lesiones que presenta la v\u00edctima fueron \u201cocasionadas a m\u00e1s de 48 horas, son compatibles a su detenci\u00f3n, y por su forma, localizaci\u00f3n y tama\u00f1o son lesiones ocasionadas al momento de detenci\u00f3n y traslado\u201d.<\/p>\n<p>El 31 de octubre de 2014, el Tribunal Unitario en Zacatecas resolvi\u00f3 revocar la sentencia condenatoria dictada el 22 de mayo de 2014, contra la detenida, por el Juzgado de Distrito en Zacatecas y orden\u00f3 la \u201creposici\u00f3n del aludido proceso\u201d, ante la manifestaci\u00f3n de la v\u00edctima de haber sido objeto de actos de tortura.<\/p>\n<p>El 9 de mayo de 2017, la entonces Fiscal\u00eda Militar, inform\u00f3 a la CNDH que denuncia iniciada contra los marinos por actos de tortura fue remitida por incompetencia a la PGR el 22 de agosto de 2016.<\/p>\n<p>El 19 de agosto de 2016, el Organos Interno de Control en la SEMAR inform\u00f3 a la Comisi\u00f3n Nacional se inici\u00f3 el Procedimiento Administrativo.<\/p>\n<p><strong>CASO 7: NUEVO LE\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p>El septimo caso que presenta la CNDH es el de un hombre detenido en su casa el 26 de marzo de 2015 en Monterrey, Nuevo Le\u00f3n.<br \/>El hombre indic\u00f3 que fueron entre 6 y 8 elementos los que ingresaron a su domicilio, lo amagaron y le preguntaron por armas, droga y por una persona apodada el \u201cDos Mil\u201d a quien refiri\u00f3 no conocer.<\/p>\n<p>Luego trataron de asfixiarlo, lo acostaron en el piso y lo envolvieron en una s\u00e1bana, cubri\u00e9ndolo de los pies a los hombros, coloc\u00e1ndole nuevamente la bolsa en la cara, le preguntaron por cinco millones de d\u00f3lares, lo hincaron y lo golpearon, en el rostro y despu\u00e9s en ambos o\u00eddos hasta romperle los t\u00edmpanos.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s, el detenido fue trasladado a sus propias oficinas en d\u00f3nde los agentes aprehensores realizaron una revisi\u00f3n. El hombre permaneci\u00f3 retenido 9 horas.<\/p>\n<p>El 4 de abril de 2015 el Juzgado de Distrito en Jalisco dict\u00f3 auto de formal prisi\u00f3n<\/p>\n<p><strong>CASO 8: ABSUELTOS<\/strong><\/p>\n<p>El octavo caso es sobre la detenci\u00f3n, el 25 de abril de 2015, de dos hombres detenidos -que despu\u00e9s fueron absueltos- en Mazatl\u00e1n, Sinaloa.<br \/>Los detenidos refirieron despu\u00e9s de dejar a dos mujeres en un hotel los abordaron los agentes de La Marina, y le dijeron que los llevaran al hotel donde dejaron a las mujeres. En las declaraciones de los detenidos, afirman que fueron golpeados por separado, interrogados y les pusieron bolsas de pl\u00e1stica en la cabeza, y les dieron descargas el\u00e9ctricas, a uno de ellos en los genitales.<\/p>\n<blockquote>\n<p>La opini\u00f3n m\u00e9dica del 31 de marzo de 2016 emitida por especialistas de la Comisi\u00f3n Nacional, estableci\u00f3 las \u201clesiones descritas como equimosis s\u00ed guardan relaci\u00f3n con su detenci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>El 19 de febrero de 2018, un Juzgado de Distrito en Mazatl\u00e1n, Sinaloa, dict\u00f3 sentencia absolutoria ambos detenidos. Esa sentencia fue apelada por el Ministerio P\u00fablico de la Federaci\u00f3n. Pero El 25 de mayo de 2018, un Tribunal Unitario de Circuito emiti\u00f3 la ejecutoria que confirm\u00f3 la sentencia absolutoria.<\/p>\n<p>La denuncia iniciada ante la Fiscal\u00eda General de Justicia Militar fue remitida el 16 de enero de 2017 por incompetencia a la PGR y el 26 de enero de 2017 la SEMAR inform\u00f3 sobre el inicio del Procedimiento Administrativo.<\/p>\n<div id=\"attachment_3468425\" class=\"wp-caption alignnone\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-3468425 size-full\" src=\"http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/semar-2.jpg\" sizes=\"auto, (max-width: 700px) 100vw, 700px\" srcset=\"http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/semar-2.jpg 700w, http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/semar-2-300x217.jpg 300w\" alt=\"\" width=\"700\" height=\"507\" \/><\/p>\n<p class=\"wp-caption-text\">Entre las agresiones m\u00e1s comunes son las descargas el\u00e9ctricas en los genitales. Foto: Cuartoscuro<\/p>\n<\/div>\n<p><strong>CASO 9: CUATRO DETENIDOS<\/strong><br \/>El noveno caso que documenta la CNDH es el de cuatro personas detenidas en dos diferentes hechos el 21 de junio de 2013 en Piedras Negras, Coahuila<br \/>Los cuatro hombres coincidieron en se\u00f1alar que con posterioridad a su detenci\u00f3n, fueron trasladados en un veh\u00edculo por un camino de terracer\u00eda, que llegaron a una construcci\u00f3n \u201cen obra negra\u201d en d\u00f3nde hab\u00eda m\u00e1s elementos y veh\u00edculos navales.<\/p>\n<p>Los hombres se\u00f1alan que estuvieron m\u00e1s de 40 horas detenidas por agentes navales-<\/p>\n<p>El 1 de julio de 2013 el Juzgado de Distrito en Jalisco, dict\u00f3 auto de formal prisi\u00f3n en contra de los cuatro hombre por los delitos de portaci\u00f3n de arma de fuego de uso exclusivo del Ej\u00e9rcito y posesi\u00f3n de droga, como cocaina, heroina y armas.<\/p>\n<p><strong>CASO 10: COAHUILA<\/strong><\/p>\n<p>El d\u00e9cimo caso es el de un nombre detenido tras un presunto cateo en un hotel de Saltillo, Coahuila, el 30 de agosto de 2013.<br \/>El detenido asegura que durante la captura le patearon la cabeza, los test\u00edculos, las piernas y le colocaron una bolsa en la cara que no lo dejaban respirar. Despu\u00e9s le dieron descargas el\u00e9ctricas en los test\u00edculos y adentro de la boca, as\u00ed como que le dislocaron los dedos de la mano.<\/p>\n<p>Lo llevaron a otro monte en donde le pegaron con una tabla en la cabeza, piernas y espalda. Nuevamente le dieron descargas el\u00e9ctricas en las mismas zonas corporales.<\/p>\n<p>El detenido narra que un oficial le puso tres balas en la mano y le dijo:<br \/>\u2013 sabes qu\u00e9 es esto, son para ti porque no quisiste hablar, te voy a matar\u2013.<\/p>\n<p>Posteriormente lo llevaron a unas oficinas, lo desnudaron y ah\u00ed amenazaron a su familia.<\/p>\n<blockquote>\n<p>\u201c[Un polic\u00eda dijo que ] iba a matar a mi familia, a mi esposa, hijo, mam\u00e1 y hermanos\u201d.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>Permaneci\u00f3 retenido 25 horas con 30 minutos.<\/p>\n<p>La Semar emiti\u00f3 un certificado m\u00e9dico el 31 de agosto de 2013, sin hora de elaboraci\u00f3n, donde dice que las lesiones que present\u00f3 el agraviado al momento de su exploraci\u00f3n f\u00edsica \u201cno son recientes, no ponen en riesgo su vida y tardan en sanar menos de 15 d\u00edas<\/p>\n<p>La opini\u00f3n Especializada de la CNDH, concluy\u00f3 el 8 de marzo de 2017, que \u201cel detenido s\u00ed present\u00f3 lesiones contempor\u00e1neas y relacionadas con su dicho\u201d.<\/p>\n<p>El 23 de febrero de 2018 el Juzgado de Distrito dict\u00f3 sentencia condenatoria en contra el hombre. La sentencia fue apelada por la defensa del detenido y el 18 de mayo de 2018 un Tercer Tribunal Unitario de Circuito dentro del Toca Penal 5, resolvi\u00f3 revocar la sentencia condenatoria, por lo que se orden\u00f3 la libertad. .<\/p>\n<p><strong>Caso 11: VERACRUZ<\/strong><br \/>El onceavo caso que revela la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos es la detenci\u00f3n de un hombre el 28 de noviembre de 2012 en Coatzacoalcos, Veracruz.<\/p>\n<p>La v\u00edctima se\u00f1ala que fue detenido cuando estaba en casa de un amigo, en compa\u00f1\u00eda de su hermano. Cuando fue capturado por los marinos, lo golpearon en las costillas con los pu\u00f1os, le colocaron tres ocasiones la \u201cchicharra\u201d en el pecho sobre la ropa , en los test\u00edculos y lo patearon, dej\u00e1ndolo tirado toda la noche y el d\u00eda siguiente.<\/p>\n<blockquote>\n<p>Al d\u00eda siguiente, lo golpearon, metieron su cabeza en la taza de un ba\u00f1o; le pegaron en las costillas y piernas; lo \u201cempinaron\u201d y le dieron tablazos en los gl\u00fateos, espalda y piernas.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>El hombre se qued\u00f3 en el lugar por 6 o 7 d\u00edas. Durante tres d\u00edas consecutivos los marinos lo inyectaron en los gl\u00fateos. Adem\u00e1s, los agentes lo obligaron a ponerse roba de mujer y a bailar, de no hacerlo lo golpeaban con los pu\u00f1os y le daban patadas.<\/p>\n<p>\u00c9l dur\u00f3 retenido. 191 horas con 15 minutos.<br \/>La Comisi\u00f3n Nacional determin\u00f3 que \u201cpor las caracter\u00edsticas, ubicaci\u00f3n y dimensiones de las lesiones se determina que \u00e9stas le fueron inferidas en una mec\u00e1nica intencional, por terceras personas y son de las observadas en los actos de Tortura\u201d-<\/p>\n<p>El 12 de noviembre de 2014 se resolvi\u00f3 que el detenido es penalmente responsable en la comisi\u00f3n del delito de portaci\u00f3n de arma de fuego. El hombre se acogi\u00f3 al beneficio de la libertad condicional y se orden\u00f3 su inmediata libertad.<\/p>\n<p><strong>CASO 12: DOS MUJERES ABUSADAS<\/strong><\/p>\n<p>El \u00faltimo caso presentado por el organismo derechohumanista habla sobre la detenci\u00f3n dos mujeres en diferentes hechos del 8 de noviembre de 2011. Ambas estabas de compras en el supermercado una en San Pedro Garza Garc\u00eda y otra en Apodaca, en Nuevo Le\u00f3n.<\/p>\n<p>La primera, detenida por la ma\u00f1ana en San Pedro Garza Garc\u00eda, refiere que fue golpeada en la cabeza, las costillas, \u201cle amarraron las manos hacia adelante con un trapo\u201d, le quitaron los zapatos, \u201cle pegaron en los pies con una madera\u201d, y una bolsa en la cabeza.<\/p>\n<blockquote>\n<p>La mujer fue abusada sexualmente.<br \/>La v\u00edctima narra que uno de los marino le dijo:<br \/>\u2013 \u201cQu\u00edtate la ropa\u201d\u2013<br \/>\u2013Te vamos a arrancar los pezones\u201d expres\u00f3 otro agente, que le jal\u00f3 sus pezones por 3 ocasiones\u201d. Posteriormente otro sujeto le introdujo el pene a su boca.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>La segunda mujer, detenida por la tarde, se\u00f1ala que cuando ella sal\u00eda da tienda un hombre se le acerc\u00f3 y le dijo \u201cno te muevas perra si no te vuelo la cabeza\u201d.<\/p>\n<p>La v\u00edctima narra que fue golpeada, desnudada. Al igual que la primer detenida, un marino le apret\u00f3 los pechos y le jal\u00f3 los pezones. Otro agente aprehensor \u201ccomenz\u00f3 a frotar su pene sobre su pierna, sobre la ropa\u201d.<\/p>\n<p>La primera de ella fue retenida por 37 horas con 30 minutos y la segunda por retenida 31 horas con 50 minutos.<\/p>\n<p>Dos opiniones Especializadas de la CNDH emitidas de forma individual, el 17 y 22 de septiembre de 2014, afirman que las mujeres \u201cs\u00ed present\u00f3 lesiones que junto con la agresi\u00f3n sexual referida; son con un alto grado de probabilidad de las utilizadas en t\u00e9cnicas de tortura\u201d.<br \/>Sobre las denuncias contra los elementos no hay mayor informaci\u00f3n.<\/p>\n<div id=\"attachment_3468426\" class=\"wp-caption alignnone\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-3468426\" src=\"http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/asemar-3.jpg\" sizes=\"auto, (max-width: 700px) 100vw, 700px\" srcset=\"http:\/\/www.sinembargo.mx\/wp-content\/uploads\/2018\/09\/asemar-3.jpg 700w, 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